En una decisión sin precedentes, la Audiencia Nacional se ha pronunciado por primera vez sobre el Real Decreto-ley 5/2023, el cual amplió a 5 días los permisos por diversas circunstancias médicas de familiares. Esta sentencia, aplicada al convenio colectivo de contact-center, establece que estos días deben ser laborables, contradiciendo lo acordado previamente en el convenio que los establecía como días naturales. Además, la sentencia anula un acuerdo posterior al mencionado decreto, firmado en comisión paritaria por CCOO, UGT y la patronal del sector.

La trascendental sentencia, que sienta un importante precedente para todos los sectores laborales, representa una victoria para los trabajadores según el sindicato Solidaridad.

El permiso en cuestión, ahora extendido a 5 días, abarca situaciones de enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario. Puede solicitarse por el cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, así como por cualquier persona que conviva en el mismo domicilio y requiera el cuidado efectivo de la persona trabajadora.

Además, la sentencia también impacta en el permiso de 2 días por fallecimiento contemplado en el artículo 30.1d del convenio colectivo, estableciendo que estos días también deben ser laborables. Ismael Tejero, responsable de acción sindical del sindicato Solidaridad, elogia la sentencia al afirmar que despeja las dudas que las empresas tenían respecto al disfrute de los permisos en días naturales.